Resarcimiento: Una alternativa a la cárcel por Mark Chupp
Presentación
La monografía del profesor Mark Chupp ofrece
soluciones a los problemas de los Sistemas de Justicia Penal. El Programa de
Reconciliación entre Ofensores y Víctimas (PROV) es una alternativa práctica a
los dilemas del sistema penal.
La Fundación CEPPA considera importante
actualizar el pensamiento de Chupp y presentar esta investigación como guía
útil para la implementación del PROV en Costa Rica. El folleto expone los principios
básicos y modalidades del programa con claridad.
El PROV es una respuesta alternativa al sistema
penal, basada en un entendimiento mutuo entre el ofensor y la víctima, con el
objetivo final de reparar el daño causado.
El texto plantea preguntas sobre la
implementación del PROV en Costa Rica, los casos aplicables, los responsables y
las reformas legales necesarias.
Introducción
El Ministerio de Justicia, a través de la
Dirección General de Adaptación Social, muestra interés en las necesidades de la
víctima y en la prevención del delito. El PROV surge como una opción para mejorar
los servicios a la víctima.
El documento explora el proceso del Programa,
presenta un caso de estudio y estudia la posibilidad de adaptar sus principios
al Sistema de Justicia Penal de Costa Rica.
Los objetivos incluyen señalar problemas en el
sistema penal actual, presentar el desarrollo del PROV, estudiar sus principios
básicos, exponer un caso de ejemplo, revisar evaluaciones pasadas y sugerir el
programa como alternativa en Costa Rica, identificando obstáculos y
limitaciones.
1. Justicia y víctima en el sistema penal
El Sistema de Justicia Penal del siglo XX se
estableció para aplicar leyes de manera sistemática y proteger los derechos
humanos de los acusados. Anteriormente, las transgresiones se resolvían en el
ámbito privado, lo que llevaba a abusos de poder y venganzas comunitarias
injustas.
El desarrollo del sistema actual ha permitido
establecer normas para probar la culpabilidad y condenar al acusado de manera
legal. Sin embargo, este sistema tiende a aislarse de la comunidad, dejando a
las víctimas en un segundo plano.
La intervención del Estado en representación de
la víctima ha protegido sus derechos, pero ha descuidado sus necesidades e
inquietudes. El enfoque del sistema se centra en probar la culpabilidad del
delincuente, descuidando la relación entre este, la víctima y la comunidad.
Las víctimas y la comunidad experimentan temor,
desconfianza y enojo debido a la falta de atención del sistema hacia sus
necesidades. Además, la pena impuesta a menudo no corresponde al delito
cometido, y la cárcel no rehabilita ni responsabiliza al delincuente para
resarcir a la víctima.
Costa Rica ha realizado reformas en su sistema
de justicia penal, pero aún no aborda los problemas fundamentales de las
víctimas. La crisis penitenciaria mundial está generando demandas de cambios
radicales en el sistema.
2. PROV: Desarrollo e historia
En la década de 1970, surgió el Programa de
Reconciliación entre el Ofensor y la Víctima (PROV) como respuesta a los
defectos del sistema penal. Este programa facilita encuentros personales entre
la víctima y el ofensor, dirigidos por un intermediario, para discutir los
hechos y sentimientos relacionados con el delito y buscar acuerdos de
restauración.
El PROV se originó en Canadá en 1974 y se
adaptó a comunidades de Estados Unidos en 1978. Ha sido reconocido como una
opción eficiente y exitosa, recomendado por jueces y adoptado por diversas
comunidades en Estados Unidos, Canadá, Suiza, Inglaterra y Nueva Zelanda.
Cada comunidad ha desarrollado su propio
programa PROV, adaptándolo a sus necesidades específicas. Este enfoque ha
permitido su implementación exitosa en diversas partes del mundo.
3. Principios básicos
El Programa se basa en principios que promueven
una nueva visión de la criminalidad y un enfoque diferente hacia el tratamiento
del delincuente y su víctima:
- El delito se considera un conflicto entre
personas, causando daño no solo a la víctima y el ofensor, sino también a la
comunidad en general.
- La resolución del conflicto debe surgir de la
participación activa de la víctima, el ofensor y la comunidad.
- La pena tradicional rara vez cumple sus
objetivos de rehabilitación y responsabilizarían del delincuente.
- Es fundamental que el delincuente asuma la
responsabilidad de sus acciones y busque la reparación del daño causado.
- Un proceso de reconciliación puede ser
educativo y positivo para todas las partes involucradas, incluso si no se logra
la reconciliación final.
- El objetivo es restaurar la armonía de la
comunidad y reintegrar al ofensor en ella, en lugar de simplemente aplicar la
retribución por infringir una regla.
4.
Metodología
En Estados Unidos y Canadá, el Programa se
utiliza como una alternativa al encarcelamiento, proporcionando un espacio para
encuentros entre la víctima y el ofensor, facilitados por un intermediario. El
proceso sigue varias fases:
- Admisión y asignación: Los casos provienen de
los tribunales u otras agencias judiciales, policiales o comunitarias. La
participación es voluntaria para ambas partes.
- Medición: Se asigna un voluntario capacitado
para mediar en el conflicto, permitiendo la participación activa de las partes
involucradas.
- Facilitación del encuentro: El intermediario
facilita el diálogo entre la víctima y el ofensor, con el objetivo de llegar a
una reconciliación y búsqueda de soluciones.
- Seguimiento y recomendaciones: En caso de no
llegar a un acuerdo, se ofrecen opciones a ambas partes y se devuelve el caso a
la agencia de origen con un informe y recomendaciones.
Reuniones
Preliminares con la Víctima y el Ofensor
La primera tarea del representante del Programa
es contactar a la víctima y al ofensor, y luego reunirse por separado con cada
uno. Aunque tienen diferentes perspectivas y necesidades, estas reuniones
comparten algunos objetivos:
- Presentarse e introducir el Programa.
- Escuchar a las personas involucradas y
decidir si es un caso adecuado para la mediación.
- Explicar el proceso, el papel del
intermediario y los beneficios potenciales.
- Obtener permiso para proceder al encuentro
personal.
- Acordar el lugar, la hora y otros detalles
logísticos.
- Identificar las necesidades de la víctima y
las posibilidades de resarcimiento por parte del ofensor.
Estas reuniones son fundamentales para
establecer confianza en el proceso. El representante debe crear un ambiente
informal y personal para construir esa confianza, ya que la aceptación surge de
ahí. Para la víctima, hablar con alguien relacionado con el sistema puede ser
una experiencia única, por lo que es importante darle tiempo suficiente para
expresarse.
Es esencial que el representante también se
reúna con el ofensor para buscar su participación libre en el proceso y
establecer confianza. Es crucial demostrar que el proceso se centra en la responsabilidad
del ofensor y que este tiene control sobre su participación.
Estas reuniones individuales también ayudan a
las partes a entender el papel del representante como tercero imparcial y a
disipar estereotipos mutuos. Para la víctima, la reunión puede ser una oportunidad
para expresar inquietudes, buscar respuestas y negociar una compensación. Para
el ofensor, enfrentar las consecuencias humanas de sus acciones puede ser un
proceso revelador.
El encuentro personal entre la víctima y el
ofensor implica discutir los hechos, los sentimientos y el resarcimiento. Es un
espacio para que ambas partes se desahoguen, pero con reglas básicas para mantener
el respeto mutuo. La víctima puede relatar su experiencia y expresar sus
sentimientos, mientras que el ofensor puede reflexionar sobre sus acciones y su
impacto.
La reconciliación puede lograrse cuando ambas
partes llegan a una nueva comprensión mutua y negocian una compensación por los
daños. No es necesario que el ofensor pida perdón directamente para alcanzar
este nivel de reconciliación. El acuerdo puede incluir compromisos tanto del
ofensor como de la víctima para restablecer la armonía y reparar los daños.
En los casos donde no se logra la
reconciliación personal, aún se puede llegar a un acuerdo monetario como primer
paso hacia la reconciliación. Esto permite que ambas partes enfrenten el conflicto
y comiencen a entender la perspectiva del otro.
Informe
y Seguimiento del Caso:
Después de completar el proceso de mediación,
el voluntario conciliador elabora un informe detallado sobre el proceso y la
conducta del ofensor. Este informe incluye una evaluación del grado de
reconciliación alcanzado entre el ofensor y la víctima, así como una copia del
acuerdo alcanzado.
Una vez que el informe está completo, el
voluntario lo lleva a la oficina del Programa, donde un funcionario revisa el
caso y los resultados. Si el caso está cerrado y completo, el voluntario puede dedicarse
a otro caso.
Para mantener una relación constante con la
corte y otras agencias, los funcionarios del Programa preparan y envían el
informe y el acuerdo a la agencia originaria. En muchos programas, los funcionarios
continúan trabajando en el caso hasta que se cumplan todos los compromisos expresados
en el acuerdo. Para ello, se establecen términos claros en los que cada parte
debe cumplir sus obligaciones.
Cuando el acuerdo incluye pagos en dinero,
éstos deben pasar por la oficina del Programa o ser entregados directamente a
la víctima. En ambos casos, se proporciona un recibo al ofensor. Los funcionarios
también supervisan las horas de trabajo si el acuerdo incluye trabajo como
parte del resarcimiento.
En caso de que alguna parte no cumpla con sus
obligaciones, el funcionario, con la participación del conciliador si así lo
desea, intenta reunir a las partes nuevamente para buscar una nueva conciliación
sobre el resarcimiento.
Si el ofensor no puede continuar con la
compensación debido a su detención por otro delito, el personal informa a la
víctima sobre la situación y las alternativas disponibles.
Una vez que se cumple el acuerdo y el Programa
recibe la información de la víctima sobre su evaluación del proceso y los
resultados, el conciliador redacta y envía un informe final a la agencia originaria.
En algunos programas, se convoca una última
reunión entre el delincuente y su víctima para concluir el proceso. En esta
reunión, el ofensor recibe un certificado de participación y cumplimiento
firmado por la víctima y el representante del Programa.
Análisis
de un Caso:
En el Estado de Indiana, en una comunidad de 50
mil habitantes, dos jóvenes de 17 años comenzaron a robar casas para obtener
bienes que no tenían. Con el tiempo, se les unieron algunos amigos, y la
policía finalmente los detuvo después de haber robado al menos 20 casas o negocios
y de haber causado un daño total de aproximadamente $20,000.
Uno de estos robos, detallado en el caso, sirve
como estudio de caso para el Programa de Reconciliación entre Ofensores y
Víctimas (PROV), que contaba con siete años de experiencia cuando recibió a
estos muchachos.
La pareja víctima de uno de los robos
experimentó daños emocionales significativos, además de la pérdida económica.
Después de recibir el caso, el conciliador se reunió por separado con la pareja
y los jóvenes delincuentes para entender sus perspectivas.
A pesar de ser imputados primarios, el juez
suspendió la condena y los remitió al PROV. Se llevó a cabo una reunión entre
los delincuentes y las víctimas en la misma casa que fue robada, y ambos grupos
expresaron sus experiencias y sentimientos. Al final, llegaron a un acuerdo
único donde los delincuentes realizaron un trabajo y compraron muebles para las
víctimas como parte del resarcimiento.
Este caso ejemplifica el proceso de mediación
del PROV y cómo puede llevar a una reconciliación significativa entre los
ofensores y sus víctimas.
Modalidades del Programa:
El Programa de Reconciliación entre Ofensores y
Víctimas (PROV) se adapta a diferentes contextos y necesidades comunitarias. En
algunas comunidades, el gobierno administra el programa, mientras que en otras,
el programa tiene su propia personalidad jurídica y junta directiva.
El ejemplo de Oklahoma demuestra cómo el
proceso puede adaptarse a una jurisdicción grande, donde los funcionarios del
Departamento de Correcciones del Estado utilizan el proceso en miles de casos
cada año en todo el estado. Esto refleja la flexibilidad y la adaptabilidad del
PROV a diferentes entornos jurídicos y comunitarios.
Fases
de Intervención:
Los programas de reconciliación entre ofensores
y víctimas pueden intervenir en diferentes etapas del proceso judicial. Algunos
programas reciben casos en los que el delincuente ya ha sido condenado, pero a
una pena de Prueba y Libertad Vigilada en lugar de prisión. Otros programas trabajan
con casos previos a juicio, mientras que algunos intervienen desde el inicio
del proceso penal. En Suiza e Inglaterra, se facilitan encuentros entre
internos y víctimas como parte del proceso de rehabilitación del delincuente,
permitiendo que el interno compense a su víctima y forme una relación con ella
gradualmente.
Adultos
vs. Menores:
Los programas pueden trabajar con adultos,
menores o ambos. El proceso de mediación varía para tratar a los menores, ya
que es necesario involucrar a sus padres y considerar sus limitaciones económicas
para resarcir a las víctimas.
Uso de
Voluntarios:
Muchas veces, los conciliadores son voluntarios
de la comunidad motivados por el deseo de mejorar la situación de la víctima o
ayudar en la rehabilitación del ofensor. Los voluntarios reciben capacitación
previa, practicando escucha activa y mediación en dinámicas grupales.
Zonas
Urbanas vs. Rurales:
El proceso se adapta a zonas urbanas y rurales,
aunque pueden requerirse ajustes para abordar las características específicas
de cada entorno. En áreas urbanas multiétnicas, a menudo se utilizan varios
conciliadores, preferiblemente representantes de cada etnia, para comprender
mejor las diferencias culturales y ampliar el proceso de reconciliación.
Tipos
de Resarcimiento:
Además de los pagos en dinero y el trabajo para
la víctima, algunos programas aprovechan las penas alternativas, como el
Servicio a la Comunidad, donde el delincuente trabaja sin salario para instituciones
gubernamentales o de beneficencia. En lugares con alto desempleo, se han implementado
proyectos de empleo para los ofensores.
Tipos
de Delitos:
La mayoría de los programas trabajan con
delitos contra la propiedad o asaltos leves, pero algunos también abordan
delitos contra la vida o delitos sexuales. Algunos programas, como el de
Batavia, Nueva York, se centran exclusivamente en delitos violentos, lo que
puede requerir un proceso más largo y terapias adicionales antes de los
encuentros personales.
Estadísticas
y Resultados:
Una evaluación sistemática realizada en 1984 a
cinco programas de reconciliación entre ofensores y víctimas encontró una alta
satisfacción entre los participantes. La mayoría de las víctimas (89%) y los
ofensores (83%) salieron del proceso satisfechos. Además, más del 75% de las
partes sintieron que se había hecho justicia y que los acuerdos de resarcimiento
se habían cumplido en un 85% de los casos.
Posibles
aplicaciones en Costa Rica
Costa Rica, reconocido internacionalmente por
su compromiso con la paz y los derechos humanos, ha liderado reformas en el
sistema de justicia penal en Latinoamérica. A pesar de limitaciones económicas,
el gobierno ha demostrado capacidad para proveer servicios a todos los
ciudadanos.
La Dirección General de Adaptación Social del
Ministerio de Justicia está implementando reformas para mejorar los servicios a
personas necesitadas, incluyendo el Programa de Reconciliación entre Ofensores
y Víctimas.
Estudios locales muestran una falta de
servicios para las víctimas, especialmente en casos de delitos sexuales y
contra la vida. Se requieren programas que ayuden a las víctimas a recuperar el
control y la confianza en sí mismas y en la comunidad.
Es crucial que cualquier programa devuelva la
responsabilidad y la toma de decisiones a las víctimas. Además, se debe
considerar la situación de los delincuentes y la necesidad de reformas en el
sistema penal.
En el ámbito juvenil, existen instrumentos
alternativos al encarcelamiento, como la conciliación y la suspensión del
procedimiento a prueba. El Programa de Reconciliación entre Ofensores y Víctimas
puede integrarse dentro de estas medidas.
En el caso de sanciones de internamiento, el
PROV puede formar parte del plan de ejecución de la sanción, centrándose en la
educación y formación del menor.
En el sistema penal para adultos, existen
mecanismos como la conciliación y la libertad condicional, pero la aplicación
del PROV puede ser limitada debido a procedimientos judiciales establecidos.
La cultura costarricense históricamente ha
valorado la mediación y la reconciliación, lo que hace factible la
implementación del PROV. La fuerte influencia de la familia y las relaciones
personales puede favorecer este enfoque.
La Fundación CEPPA tiene el placer de presentar
este ensayo de Mark Chuup, un individuo que ha estado profundamente conectado
con el sentir costarricense. Mark es miembro del Comité Central
Menonita y también actúa como facilitador del
Programa Alternativa a la Violencia (PAV). Su vasta experiencia ha sido
aprovechada para asesorar al Departamento de Adaptación Social del
Ministerio de Justicia en la implementación del
Programa de Reconciliación entre Ofensores y Víctimas (PROV).
En su rol como facilitador del PAV en la
Fundación CEPPA, Mark ha participado en la capacitación de personas privadas de
libertad en este programa, el cual ha recibido una excelente acogida en Latinoamérica.
La visión del resarcimiento es simple pero
poderosa: aquel que comete un delito debe asumir la responsabilidad por sus
acciones más allá de cumplir una condena en prisión. Esta perspectiva enfatiza
la importancia de comprender profundamente el daño infligido a las personas.
Además, la sociedad debe reconocer la capacidad de cambio futuro en los
delincuentes.
A partir de esta comprensión del tratamiento
del delito, surgen disciplinas como la victimología, que estudia el impacto del
delito en la vida personal y social, y la criminología crítica, que analiza el
sistema penal.
Este ensayo promueve una idea fundamental para abordar los conflictos en la sociedad contemporánea: es crucial considerar las necesidades no solo del sistema penal, sino también de las víctimas, los victimarios y la comunidad en general.
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